“Las entidades incluidas en la matrícula del IAE (aquellas que deben liquidar el impuesto) vienen obligadas a actualizar los elementos tributarios que les pueda corresponder en función de las características de su actividad (metros cuadrados, kilowatios, valores catastrales, etc…). Para que las nuevas cantidades sean tenidas en cuenta en la liquidación del ejercicio 2017 se deberán de presentar como máximo durante el mes de enero de 2017, indicando como fecha de variación el 31 de diciembre de 2016.

Así por ejemplo:

Nuestro departamento fiscal está a su disposición para tramitar dichas declaraciones de variaciones o para resolver cualquier duda que pudieran tener al respecto”.

Joan Roura

Director Área Fiscal.