A través del Real Decreto-ley 18/2012 de 11 de mayo, sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero, publicado en el B.O.E. del día 12 del mismo mes, se han aprobado en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el Impuesto sobre Sociedades y en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes sendas exenciones parciales por las rentas positivas derivadas de la transmisión de bienes inmuebles urbanos adquiridos a partir del día 12 de mayo de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012, cuando se cumplan determinados requisitos. 

El motivo de esta exención trae su causa en la voluntad de estimular la venta de los activos inmobiliarios que se traspasarán a las sociedades de capital a las que las entidades de crédito deberán aportar todos los inmuebles adjudicados o recibidos en pago de deudas relacionadas con el suelo para la promoción inmobiliaria y con las construcciones o promociones inmobiliarias. 

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Exención parcial de la ganancia patrimonial obtenida en la transmisión

Impuesto sobre Sociedades. Exención parcial de las rentas positivas derivadas de la transmisión de bienes inmuebles de naturaleza urbana

Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Exención de las ganancias patrimoniales obtenidas sin mediación de establecimiento permanente