Si eres socio de una sociedad y trabajas en ella, probablemente debas darte de alta como autónomo societario en el RETA. Tu cuota no funciona igual que la de un autónomo normal: tiene reglas propias, y conocerlas evita sustos en la regularización de fin de año.

Te explicamos qué es un autónomo societario, cómo se calcula su cuota y qué puedes ajustar.

Qué es un autónomo societario

Eres autónomo societario si participas en una sociedad y le prestas servicios profesionales o de administración de forma habitual, sin relación laboral de dependencia. En ese caso, debes darte de alta en el RETA y facturar a tu propia empresa.

Si en cambio tienes contrato laboral y nómina, cotizas en el Régimen General, no como autónomo societario. La forma en que cobras nómina o factura depende de tu relación real con la empresa, no es una elección libre: viene determinada por cómo se organiza tu trabajo dentro de la sociedad, tu grado de control sobre las decisiones y si existe o no subordinación real hacia otro órgano de administración.

Esta distinción no es solo formal. Determina en qué régimen cotizas, cómo tributa tu retribución y qué obligaciones tienes con Hacienda y con la Seguridad Social. Por eso conviene revisarlo bien desde el principio, y no dejarlo a la interpretación de cada gestoría.

Cómo se calcula la cuota 

Desde 2023, la cuota se calcula según tus rendimientos netos reales, no según una base fija elegida libremente como ocurría antes. La fórmula es:

[(Ingresos anuales − gastos deducibles) − 3 %] / 12

Ese 3 % es la deducción por gastos de difícil justificación aplicable al autónomo societario (frente al 7 % del autónomo persona física). Con el resultado obtenido, te sitúas en un tramo de cotización con una base mínima y máxima, dentro de la cual eliges tu base concreta. Sobre esa base se aplica el tipo vigente (en torno al 31,5 %, que incluye contingencias comunes, contingencias profesionales, cese de actividad, formación y el Mecanismo de Equidad Intergeneracional) para obtener tu cuota mensual.

Este sistema busca que la cuota sea proporcional a lo que realmente gana cada autónomo, en lugar de aplicar una base única para todos con independencia de sus ingresos. Sin embargo, para el autónomo societario esta proporcionalidad tiene un límite, como verás a continuación.

Cuánto se paga en 2026 

Aquí está la diferencia clave: el autónomo societario tiene una base mínima especial, al margen de sus ingresos.

Aunque tu sociedad esté empezando y factures poco, no puedes acogerte a los tramos reducidos que sí existen para otros autónomos: tu base de partida es, como mínimo, la especial de cada año. Esta base mínima especial existe porque la normativa entiende que un socio que administra o dirige una sociedad tiene, por definición, una capacidad económica superior a la de un autónomo que factura de forma individual con ingresos muy bajos, con independencia de que sea o no así en tu caso concreto.

Qué puedes optimizar 

Aunque la base mínima no se puede reducir por debajo del límite especial, sí hay margen de gestión:

Errores frecuentes  

Cada caso varía según cómo esté estructurada tu sociedad. Te recomendamos revisarlo con nuestro equipo antes de decidir.

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Preguntas frecuentes

¿Todos los socios deben darse de alta como autónomos societarios?

No, solo quienes prestan servicios de forma habitual y sin relación laboral. Con contrato y nómina, cotizas en el Régimen General.

¿Puedo pagar menos si mis ingresos son bajos?

No, la base mínima del autónomo societario no depende de tus rendimientos: siempre pagas, como mínimo, la base especial vigente.

¿Cuántas veces puedo cambiar mi base al año?

Hasta 6 veces, para ajustar tu cuota si prevés que tus ingresos van a variar.

¿Se regulariza igual que la de otros autónomos?

Sí, a final de año se revisan tus ingresos reales: si pagaste de menos, abonas la diferencia; si pagaste de más, se te devuelve.